MÉXICO. ¡EL GOBIERNO HA SECUESTRADO LA DEMOCRACIA Y EL DERECHO CIUDADANO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA GUBERNAMENTAL NEGANDO ACCESO AL CONTEO DE VOTOS!
daniel lizárraga
07/09/2006
* Notifica a Proceso que serán destruidas una vez concluido el trabajo del TEPJF
Notifica a Proceso que serán destruidas una vez concluido el trabajo del TEPJF |
México, D.F., 6 de septiembre (apro).- El Instituto Federal Electoral (IFE) rechazó que los ciudadanos puedan acceder a las boletas utilizadas en la elección para Presidente de la República, y anunció que éstas serán destruidas una vez concluido el trabajo del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF).
En una notificación enviada a Proceso, la Secretaría Ejecutiva y el Comité de Información del IFE concluyeron que no hay posibilidad alguna de permitir el paso a los sitios en los cuales se resguardan los paquetes electorales, ni tampoco abrir los sobres con los votos.
Con base en la Ley Federal de Transparencia, el pasado 28 de julio, Proceso presentó un paquete de tres solicitudes de información. En dos de ellas, se demandaron copias de documentos oficiales elaborados por el IFE durante el pasado 2 de julio, y en otra se pidió acceso a las boletas para Presidente de la República, a fin de realizar un nuevo conteo independiente de los partidos, candidatos y organizaciones a fines.
El IFE aceptó entregar las actas de escrutinio y cómputo de las casillas, pero rechazó que cualquier ciudadano y los medios de comunicación puedan manejar las boletas.
La negativa del IFE gira, fundamentalmente, sobre dos ejes: los votos no son documentos públicos, y el Consejo General tiene la obligación de procesarlos, cuidarlos y después destruirlos.
Las boletas no se ajustan a la definición legal de documento de acuerdo con la Ley Federal de Transparencia y el Reglamento del IFE en materia de transparencia. Para que pueda convertirse en tal, necesariamente debería registrar actividades o facultades de los servidores públicos, argumentaron.
“Las boletas no son documentos jurídicamente hablando, sólo son la expresión material de la preferencia electoral de la ciudadanía votante. Las boletas registran la expresión popular del voto y esa expresión no puede calificarse como actividad o facultad del IFE y sus servidores públicos”, justificaron.
De esta manera, el IFE rompió el vínculo entre boletas y documentos públicos que lo hubiera obligado a permitir el acceso o, en su defecto, a clasificarlas como reservadas.
Por otra parte, señalan que el Cofipe regula la “inviolabilidad de los votos” y establece los casos excepcionales, extraordinarios y de última instancia para la apertura de los sobres, exclusivamente, en las sesiones de cómputo distrital.
En la negativa de acceso, el IFE agregó que no existe disposición alguna en el Cofipe que regule el acceso a las boletas fuera de los caso previstos.
“Sobre el destino de las boletas, el artículo 254 del Cofipe mandata su destrucción. Dicha destrucción es el acto que, por naturaleza, explica y demuestra la definitividad de las distintas etapas del proceso electoral. Una vez que el TEPJF resuelve los diversos recursos que recaen en el proceso electoral –dentro de los que se contempla el conteo de los votos que presentan dudas-- el proceso es definitivo. El TEPJF ya determinó que los materiales electorales no pueden tener ningún otro fin que aquel que establece la ley electoral”, añaden.
Para la Secretaría Ejecutiva y el Comité de Información del IFE, no existe razón alguna para interrumpir el resguardo, la inviolabilidad y la destrucción de las boletas, con excepción de un mandato judicial emanado del TEPJF.
El rechazo a la solicitud de información llegó a Proceso un día después de que la Sala Superior del TEPJF declaró presidente electo a Felipe Calderón.
Ahora, Proceso cuenta con 15 días hábiles para presentar un recurso de revisión ante el Comité de Información del IFE y, en caso de confirmarse la negativa, aún queda la posibilidad de recurrir al TEPJF.
daniel lizárraga y rosalía vergara
08/09/2006
Proceso
* La decisión contraviene la ley de transparencia y la Constitución, observan
México, D.F., 7 de septiembre (apro).- Académicos, miembros de organizaciones sociales y exconsejeros electorales criticaron la negativa del IFE a la solicitud de Proceso, para acceder a las boletas electorales. Aseguraron que esta decisión, incluso, contraviene el reglamento en la materia y a la Constitución.
Ernesto Villanueva, del Instituto de Investigaciones Jurídicas, destacó que la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental establece medidas para evitar la opacidad y privilegiar la transparencia de la elección presidencial, en este caso.
Es una expresión política para lograr someter un criterio de orden jurídico, espetó durante el Ciclo de mesas redondas sobre la transparencia electoral que se realizó este jueves en el Instituto de Investigaciones Sociales de la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM).
En su opinión, el IFE hizo una interpretación de la ley, violando el artículo 14 respecto a la información reservada, en la cual no se señala que la información electoral tenga esta clasificación.
Consideró que la finalidad es que el asunto de la elección presidencial se quede como ésta, no se haga ruido. “La legitimidad es que no quede huella de esto”, comentó.
La respuesta, dijo, es contradictoria, pues muestra dos ordenamientos jurídicos contradictorios entre sí que deberán ser apelados por la vía del amparo.
“Sería interesante que el juzgador decidiera si es posible interpretar o atenerse a la ley”.
Irma Sandoval, investigadora del Instituto de Investigaciones Sociales, consideró que el IFE es sujeto obligado de la ley de transparencia, por lo que su respuesta es débil jurídicamente, pues dice que no puede dar acceso a las boletas electorales porque no son documentos, sino expresiones materiales de la preferencia electoral de los ciudadanos.
Aunque el IFE reconoce que las boletas fueron elaboradas con recursos públicos, indica que pierden su carácter de papeletas electorales cuando los ciudadanos votan.
En su opinión, este es el principio de una batalla legal que el IFE confunde con política, pues la finalidad de las organizaciones sociales que apoyan la solicitud de Proceso no es colocar en la silla a un presidente ciudadano, sino transparentar el ejercicio de las instituciones electorales.
Sólo la información privada es reservada, no la electoral, puntualizó.
John Ackerman, del Instituto de Investigaciones Jurídicas de la UNAM, recordó que este proceso es similar al del 2000 en Estados Unidos, cuando finalmente por iniciativa de los más importantes diarios se hizo una solicitud similar y se realizó un conteo, que finalmente fue suspendido por decisión de los republicanos.
Luego, en 2004, en la elección presidencial, el estado en disputa fue Ohio donde, al igual que en México, los conteos distritales no correspondían a los de casillas.
“Esto no es un recuento politizado, conocer qué pasó no tendrá impacto legal”, indicó.
Hugo Almada, de Alianza Cívica, recordó que el IFE se tardó un día más en responder la solicitud del semanario, donde le pedía otros quince días más para emitir la resolución. La ley dice que si no se aprueba en el plazo, se dará por aceptada la petición, apuntó.
En su opinión, además de contar los sufragios se deberían contar los votos de más o de menos registrados en algunas casillas, porque el problema de que haya una boleta de más es el inicio de una cadena de votantes, y un conteo de esta naturaleza permitiría transparentar el proceso.
El exconsejero del IEDF, Rubén Lara, recordó la idea de que hubo fraude en esta elección presidencial, pero ya no es lo de antes, con prácticas como el “carrusel”, “tacos”, para sumarse votos. “También en este sentido hemos avanzado”, dijo, tras resaltar que en este caso se usó la cibernética para tal fin.
Añadió que el dictamen del TEPJF sobre la elección presidencial no resuelve las dudas sobre el proceso, pese a ser “definitivo e inatacable”, como dice el IFE, o “inacatable”, como señala el periodista Miguel Angel Granados Chapa, citó.
En su opinión, el fraude se realizó en las boletas sobrantes y faltantes, y la clave está en las diferencias entre los votos recibidos por el Partido Nueva Alianza para presidente, diputados y senadores. “Dame uno de tres”, fue la clave, dijo Lara recordando el spot del candidato Roberto Campa. “Pero no dijo ‘dámelo antes’”.
Para el también exconsejero Eduardo Huchim había elementos para el “voto por voto, casilla por casilla”, pero el TEPJF quedó a deber. Al final, comentó que la ventaja de Calderón sobre López Obrador, con los propios datos del Tribunal, “equivale a menos de dos votos por casilla”.
Viernes 8 de septiembre de 2006
No son documentos públicos, responde a la revista Proceso
Serán resguardadas hasta que proceda su destrucción, explica
El Instituto Federal Electoral (IFE) determinó rechazar la petición de la revista Proceso para acceder a la documentación electoral del 2 de julio. Las razones: las boletas no son documentación pública, están sujetas a un régimen especial de ''inviolabilidad'' que hace que ni el propio organismo tenga acceso y, además, existe un principio de definitividad en todas las etapas de la elección.
La petición original del semanario se presentó el 28 de julio pasado en la unidad de enlace del IFE, bajo la firma del director de la revista, Rafael Rodríguez Castañeda. La solicitud incluía tener ''acceso al sobre con las boletas sobrantes, inutilizadas, los votos válidos y nulos en todas las casillas instaladas durante la jornada del pasado 2 de julio de 2006 en todo el país, para la elección de presidente de la República''.
En su escrito, Proceso señalaba que la solicitud de acceso a las boletas podría ser autorizada "inmediatamente después de que el tribunal electoral concluya el dictamen, así como la declaración de validez o no validez de los comicios para presidente de la República''.
Días después, grupos ciudadanos se adhirieron a esta petición.
''Inviable constitucionalmente''
De acuerdo con la resolución del comité de información del IFE, existen preceptos constitucionales y legales que impiden dar acceso a estas boletas, pues al no tener carácter de documento público, ni relacionarse con un acto concreto de autoridad, se hace inviable esta petición. En tal caso, subraya, el acceso a la información sólo es procedente mediante el acta de las casillas respectivas, dado que ahí sí existe un acto de autoridad específico que puede ser verificado.
La respuesta a Proceso, que se estima será la misma que dará en breve a una petición ciudadana encabezada por un grupo de intelectuales, entre quienes se encuentran Elena Poniatowska, Carlos Monsiváis, Luis Mandoki y Olga Harmony, establece centralmente que ''las boletas electorales no se ajustan a la definición legal de documento y por tanto de acceso a la información''. Agrega que un documento público del IFE sólo se define como tal en la medida en que registre las actividades o facultades del instituto y su personal.
''Las boletas no registran esa actividad. No son documentos jurídicamente hablando, pues registran la expresión popular del voto y ésa no puede calificarse como actividad o facultad del IFE y sus servidores públicos''.
Más adelante señala que al momento en que el ciudadano sufraga, las boletas se convierten técnicamente en un voto, que es la expresión material de la preferencia electoral de quien lo emite. Una vez concluida la jornada, el contenido de estos sufragios se vierte en las actas.
De acuerdo con el razonamiento del comité de información, durante el proceso que va desde la emisión del voto hasta el cómputo, existe la posibilidad de que sean vigilados por observadores nacionales y extranjeros, así como por representantes de partidos políticos que participan en la contienda, lo cual hace posible el cumplimiento de las disposiciones constitucionales para que las elecciones sean libres y auténticas.
Posteriormente, el documento razona que una vez computados los sufragios no hay regulación electoral alguna que establezca la posibilidad de una apertura que dé acceso a las boletas, salvo que exista una disposición expresa del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación con fines específicos.
Al mismo tiempo, señala que de la legislación electoral ''no es factible desprender que se permita el acceso a los materiales resguardados a la conclusión del proceso, en razón de que la obligación de resguardo y de inviolabilidad no se interrumpe bajo ningún supuesto. En consecuencia, no es jurídicamente posible entregar o poner a disposición de persona alguna los votos contenidos en los paquetes electorales''. De conformidad con la ley, el IFE sólo tiene facultades expresas, en torno a las boletas, que lo ''constriñen a mantener la inviolabilidad de su resguardo durante y después del proceso para que, una vez concluido éste, proceda en un momento dado su destrucción''.
Citando resoluciones del tribunal electoral, justifica la imposibilidad de abrir el acceso a las papeletas, puesto que el instituto sólo puede hacer aquello que le está expresa o implícitamente marcado en las leyes, ''ya que en caso contrario, si se permitiera el acceso, al carecer de fundamento normativo se violentarían tanto la garantía como el principio de legalidad, toda vez que no es jurídicamente procedente dar a las boletas un destino distinto y ajeno al que señala el Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales''.
Posteriormente, destaca que las papeletas no son susceptibles de conservación, ''ya que si el legislador hubiera considerado la posibilidad de permitir el acceso a las mismas se hubiera confiado el carácter de documento histórico o dejado al arbitrio del IFE su destino. En tal sentido, se reconoció la importancia de que las boletas tienen ya efecto de salvaguardar el principio de definitividad, que confirió su resguardo e inviolabilidad a los consejos distritales, y su consulta la reservó al tribunal electoral''.
En sus argumentos, el instituto señala que es principio constitucional que el voto es secreto y que la mejor forma de garantizarlo es mediante el principio de definitividad. El legislador no obvió la posibilidad de asegurar las papeletas ''para no desvirtuar los resultados electorales y por ende afectar la decisión ciudadana, por lo que estableció una serie de mecanismos de inviolabilidad''.
Finalmente, indica que el camino por el cual transitan los votos se encuentra arropado permanentemente mediante la garantía de inviolabilidad, que es ''oponible frente a cualquiera, inclusive el propio instituto, que no cuente con facultades legales que le permitan para sí o en favor de un tercero, dar acceso a las boletas''.
El artículo 254, párrafo segundo, del Cofipe, establece: ''... los presidentes (de los consejos distritales) tomarán las medidas necesarias para el depósito, en el lugar señalado para tal efecto, de los sobres que contengan la documentación a que se refiere el artículo 234 (boletas inutilizadas, votos válidos y votos nulos) de este código, hasta la conclusión del proceso electoral. Una vez concluido éste se procederá a su destrucción''.
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Viernes 8 de septiembre de 2006
''Les urge incinerarlas''
La Jornada, Ciudad de MéxicoCon la negativa de proporcionar acceso a las boletas electorales a organizaciones civiles y medios de comunicación, como la revista Proceso, para realizar un recuento apartidista, el IFE busca ahora, de forma fáctica, una nueva categoría dentro de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública, señalaron ayer académicos de la UNAM, representantes de colectivos civiles y ex consejeros electorales.
Coincidieron en que no aplica ninguna restricción en la información electoral porque, de acuerdo con dicha ley, la única información que no es pública es aquella expresamente relacionada con la seguridad nacional y con los datos personales.
En la mesa redonda Debatiendo los límites de la transparencia, organizada por el Laboratorio de Documentación y Análisis de la Corrupción y la Transparencia en México, realizada en el Instituto de Investigaciones Sociales de la UNAM, Irma Eréndira Sandoval sostuvo que ni el IFE ni el tribunal electoral ''han salido bien parados de su prueba histórica, como tampoco el Cofipe'', y añadió que el instituto ha respondido ''de manera muy débil'' a la solicitud de acceso a las boletas electorales.
Advirtió que a los funcionarios del IFE ''les urge incinerar las boletas para que no queden supuestas pruebas de la elección'', y subrayó que la petición para el recuento obedece al derecho de acceso a la información, con el objeto de someter a la rendición de cuentas a las instituciones electorales.
Hugo Almada, de Alianza Cívica, consideró que el nivel de ''arcaísmo'' en las instituciones y procesos electorales quita transparencia y certeza a los comicios y sus resultados. Por su parte, John Ackerman, del Instituto de Investigaciones Jurídicas de la UNAM, sostuvo que la solicitud de acceso a las boletas para un recuento ciudadano tiene como fin ''conocer la verdad histórica''.
José Galán
Atenta contra el derecho a la información la negativa del IFE de entregar boletas: ONG
Emir Olivares
08/09/2006 14:25
La Jornada
México, DF. La negativa del IFE para atender la solicitud de la revista Proceso para tener acceso a las boletas electorales atenta contra el derecho ciudadano de acceso a la información pública coincidieron diversos defensores de derechos humanos.
Fabián Sánchez, de la Comisión Mexicana de Defensa y Protección de Derechos Humanos (CMDPDH) afirmó que con esa negativa “el IFE está apelando a su culpabilidad por lo que vuelve a levantar sospechas sobre el resultado”; agregó que se deben solicitar medidas cautelares ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) para evitar la quema de los paquetes electorales, aún cuando la ley así lo indique ya que mientras no exista el principio de certeza la ley internacional debe anteponerse a la interna.
Por su parte David Velasco, director del Centro de Derechos Humanos Miguel Agustín Pro Juárez, afirmó que la negativa del IFE “ahondará más la crisis política”.